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1.1
VICENTE GUERRERO 990
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Business Description
Consultores y Asesores, Agentes de Aduana e Integradores Logísticos.
Empresa con una sólida experiencia en el medio aduanero y logístico. Proyecta, coordina, controla y dirige todas las operaciones de forma precisa para ofrecer el servicio mas adecuado a las necesidades de los importadores y exportadores.
Somos Agentes Aduanales especializados en la industria Farmoquímica, Farmacéutica, Veterinaria, Cosmética, Equipos de Control, Análisis y Diagnóstico Médico, Materias Primas y Maquinaria, Equipos Hospitalarios y todo lo relacionado con estos sectores de la industria de la salud. Nuestra experiencia incluye importación de implantes y órganos en donación. Nuestro servicio, abarca a la Industria de Tecnologías de la Información, Vinos, Alimentaria así como proyectos especiales.
A V I S O I M P O R T A N T E
Con fundamento en el artículo 25 primer párrafo del Decreto IMMEX las empresas que hayan obtenido el programa deberán de presentar un reporte anual de forma electrónica a más tardar el último día hábil del mes de mayo.
De no cumplir con esta obligación en tiempo se suspenderán los beneficios de importar temporalmente las mercancías autorizadas en el programa, hasta en tanto subsanen la omisión, en caso de que para el último día hábil del mes de agosto no se haya presentado el reporte el programa quedara cancelado definitivamente.
Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias Químicas de la Cofepris
La Dirección Ejecutiva de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias Químicas de la Cofepris ha considerado modificaciones al proceso de importación de los productos que sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos, a efecto de que el mismo se apegue a lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de Insumos para la Salud.
Cabe señalar que los cambios a efectuar se realizarán en primera instancia en la Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, y consistirá en el proceso siguiente:
Proceso Aduana AICM:
En caso de incumplimiento a los requisitos previamente establecidos y/o detectar inconsistencias en la inspección física y documental, el producto será enfajillado como medida de seguridad, para efecto de que se someta posteriormente el trámite de “solicitud de visita de liberación y toma de muestra de materia prima o medicamento que sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos”, al ingresar este trámite deberá ingresar documentación aclaratoria.
El establecimiento que cuente con material enfajillado como medida de seguridad (casos de incumplimiento de los requisitos del numeral 5 y/o presentar inconsistencias en la inspección física y documental), deberá ingresar el trámite COFEPRIS-03-001 (solicitud de visita de liberación y toma de muestra de materias primas y medicamentos que sean o contengan estupefacientes o Psicotropicos), previo pago de derechos, adjuntando la documentación faltante y/o realizando las aclaraciones pertinentes motivo de la medida de seguridad, adjuntando soporte documental correspondiente.
Aviso de cruce (AVC)
A partir del 1 de agosto de 2022 las personas interesadas podrán transmitir al Portal de Registro de Aviso de cruce de la Agencia Nacional de Aduanas de México, la información de los documentos aduaneros que conformarán en Aviso de cruce, a fin de realizar el despacho aduanero en las aduanas del país, para activar el mecanismo de selección automatizado mediante dispositivo tecnológico, en la modalidad de Aviso de Cruce.
Al respecto, es de señalarse que los documentos que se integraran a la modalidad de Aviso de Cruce para el despacho aduanero de mercancías son:
El AVC deberá ser generado por las personas interesadas cuando realicen la transmisión al Portal de la ANAM o al web service.
https://anam.gob.mx/wp-content/uploads/2022/05/Boleti%CC%81n-ANAM_2022-06.pdf
https://anam.gob.mx/wp-content/uploads/2022/07/Boleti%CC%81n-ANAM_2022-15.pdf
https://anam.gob.mx/wp-content/uploads/2022/07/Reglas-de-Operacio%CC%81n-AVC-y-Anexo-I.pdf
Séptima Enmienda del Sistema Armonizado
Con fecha el 07 de junio de 2022 se publica a través del Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
Cabe destacar que la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas establece modificaciones en la tarifa arancelaria, en relación con los avances tecnológicos ,problemas sanitarios y ambientales, así como el flujo comercial de determinadas mercancías.
El Comité del Sistema Armonizado de la OMA emite recomendaciones, llamadas enmiendas, con el objeto de actualizar la tarifa arancelaria.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5654292&fecha=07/06/2022#gsc.tab=0
Manual de Operación Aduanera 2022
Con la finalidad de dar a conocer de manera indicativa los procesos aduaneros dentro del despacho de mercancías se establece el Manual de Operación Aduanera (MOA)
https://anam.gob.mx/wp-content/uploads/2022/05/Manual-de-Operacion-Aduanera-MOA-may2022.pdf
QUINTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus Anexos 1-A y 14, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2022.
Business Overview
Avg Response Time
≤ 1h
Trade Capabilities
Business Terms
Trade Ability

